Con la intención de modificar el término Jueces de Paz Penal por el de Juzgados Penales de Delitos no Graves, el Gobierno del Distrito Federal envió a la Asamblea Legislativa la iniciativa con proyecto de decretó para la reforma de los artículos 10, 271, 305, 306, 525, 619, 628 y 629 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal.
Esto, debido a que dicho Código se refiere a Jueces de Paz Penal a quienes atienden los delitos e infracciones penales con sanción no privativa o con prisión de hasta 4 años, sin embargo, esta misma figura el 27 de enero de 2012, fue denominada como Juzgados Penales de Delitos no Graves por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal.
De este modo, la diversidad de términos genera confusión, por lo cual con la modificación al Código, se busca armonizar esta norma con el término establecido por la organización jurídico-administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
Algunos delitos considerados como no graves son: el robo, cuando no es posible comprobar el valor de lo robado, pero este no excede 750 salarios mínimos; lesiones, cuando tardan en sanar entre 15 y 70 días, actos de discriminación, amenazas, revelación de secretos, entre otros. |