Aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), la nueva Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal concederá 5 por ciento del tiempo y/o espacio de exhibición de manera totalmente gratuita al Gobierno del Distrito Federal (GDF) para “mensajes institucionales”.
El dictamen, altamente controversial, fue dado a conocer tan sólo minutos antes de ser presentado ante el Pleno del órgano legislativo. Se dice que ésta renovación de la ley se encuentra ligada a la Ley Federal de Radio y Televisión, aunque el presidente de la Comisión de Infraestructura Urbana, Carlos Hernández Mirón, nunca dictó referencia alguna a modo de explicación, ni siquiera conforme a la normativa actualmente aplicable pero siempre insuficiente.
Por medio de la figura jurídica enunciada como “responsable solidario”, los publicistas, anunciantes, agencias de medios, titulares de las marcas o productos, así como el responsable del inmueble en el que se establezcan los anuncios y los responsables en la instalación de los mismos, serán sujetos a las penas administrativas y/o penales de las que se dan cuenta en el dictamen.
Sin embargo, dentro de la copia del mismo que fue cedida a este medio, no se especifica la escala de faltas que llevarían a una sanción penal específica, pues sólo se sustentan multas de entre 250 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (UCCM) vigente hasta las 2 mil veces de la misma. En mayor grado, un periodo de arresto de entre 24 y 36 horas.
Jesús Sesma, líder del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en la ALDF, intentó suspender los artículos relativos a este tema con nulo éxito. Varias fueron sus razones, pero destacó como la que más, la ambigüedad de las disposiciones establecidas.
Carlos Mirón, principal impulsor de la normativa, rechazó las quejas del dirigente del Verde Ecologista al limitarse a sentenciar que “el desconocimiento de la ley no exime a nadie de cumplirla”. Además, refiriéndose a la responsabilidad jurídica inherente a las marcas anunciadas (anunciantes), empresas de publicidad y empleados de estos entes, mismos que fueron puestos sobre la mesa por Sesma como agentes externos al incumplimiento de la ley mediante los anuncios que se hagan llegar al público.
Ambigüedades y contradicciones en órgano regulador.
Más allá de la discusión legislativa, el nuevo ordenamiento plantea que la Autoridad del Espacio Público (AEP) deberá “otorgar, y en su caso revocar, los permisos administrativos temporales revocables de espacios para anuncios en los nodos publicitarios, de acuerdo a los establecido en esta Ley”.
Para tal efecto, “cuatro representantes de asociaciones u organizaciones o consejos de personas físicas o morales dedicados a la publicidad exterior, que cuenten con registro de inventarios de anuncios en el Programa de Reordenamiento de Anuncios ante la AEP” así como “dos académicos expertos en la materia; destacados y que provenga uno de cada una institución educativa pública y el segundo de alguna institución educativa o de investigación, afín a los objetivos de esta Ley (sic)” serán los encargados de integrar el Consejo de Publicidad Exterior.
Contrario al “espíritu” de estos lineamientos, se añade en el apartado específico que “aquella persona que se ostente como representante de algún gremio publicitario ante el Consejo de Publicidad Exterior y al mismo tiempo ocupe algún cargo administrativo” tendrá prohibido formar parte de éste órgano. Y es que, resulta evidente, los publicistas fungen como representantes y/o administrativos en los ramos establecidos. En consecuencia, la normativa debiera dictar tiempos específicos anteriores.
Hay que añadir que se permitirá publicidad en vías primarias sobre las cuales se ha reiterado que más convendría prohibirla por los riesgos de distracción a los automovilistas. Destacan Boulevard Puerto Aéreo, Río Churubusco, Viaducto Miguel Alemán, Insurgentes en sus varios tramos, Constituyentes, Universidad y Cuauhtémoc. Aunque se declaran tramos específicos para cada una, en las restantes vías primarias será el Consejo de Publicidad Exterior el ente que determine en qué medida podrán ser ocupadas por las distintas modalidades de publicidad.
Permisos por cinco años y con 5% para el GDF.
Durante el último año y medio, tanto la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), el Instituto de Verificación Administrativa (Invea) y la AEP se han encargado de llevar a cabo el retiro y suspensión de permisos publicitarios en las vías primarias. Ahora, una maraña de atribuciones confluye en las atribuciones respectivas.
Se sugiere a la “Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal” como la primera y mayor autoridad capaz de otorgar Permisos Administrativos Temporales por un periodo de cinco años. Pero no queda claro qué dependencia figura como la “Administración Pública”.
En segundo lugar, la AEP, simplemente nombrada como “la Secretaría” para tal efecto, “propondrá al Consejo de Publicidad Exterior la ubicación del nodo publicitario para su aprobación”. Así, se advierte, el Consejo carecería de una atribución exclusiva para realizar tal propuesta o, en el mejor de los casos, vería igualadas sus atribuciones para con la AEP, de la cual depende.
No obstante, se añade que “la Secretaría otorgará el Permiso Administrativo Temporal Revocable cuya vigencia será de hasta 7 años renovables…”. Con ello, tanto la duración de la administración local por medio del GDF, la AEP y el mismo Consejo se vería superada, dado el sexenio del primero, el tiempo indefinido del titular de la segunda y el periodo de cuatro años del último.
Finalmente, lo que más ha llamado la atención es el hecho de que, según se asienta en el dictamen aprobado, “los titulares de los permisos y licencias deberán…otorgar a favor del Gobierno del Distrito Federal el cinco por ciento del tiempo de exhibición para emitir mensajes institucionales”.
Los sistemas de transporte como el Metro, Metrobús y transportes eléctricos, quedan exentos de las regulaciones antes dichas toda vez que “se regirán por las disposiciones que establezcan sus respectivos órganos de gobierno”. Sin embargo, los contratos publicitarios de estos órganos dependen de las empresas a las que se encuentren concesionados –caso del Metrobús- o de las direcciones gubernamentales del GDF –caso del Metro-. |